Libro de reclamaciones

Conforme a lo establecido en el Código de la Protección y Defensa del Consumidor, ANDEAN CROWN cuenta con un Libro de Reclamaciones a tu disposición para atender y resolver de manera eficiente cualquier inconveniente que nuestros clientes puedan experimentar con nuestros productos y/o servicios.

(*) Campos obligatorios

    1.- Datos del proveedor

    Andean Crown S.A. (RUC: 20565638905)

    Dirección: Av. Víctor Andres Belaunde 147, Via Principal 123, Edificio Real Uno, Oficina 201, San Isidro – Lima

    Andean Crown Bolivia S.A. (RUC: 00334805)

    Dirección: Calle Oruro Nº 530, Zona Central, Santa Cruz de La Sierra - Bolivia 

    Andean Crown Sociedad Administradora de Fondos S.A.C. (RUC: 20601928621)

    Dirección: Av. Víctor Andres Belaunde 147, Via Principal 123, Edificio Real Uno, Oficina 201, San Isidro - Lima

    INTACTO S.A. - Corredores de Reaseguros (RUC: 20110837144)

    Dirección: Av. Víctor Andres Belaunde 147, Via Principal 123, Edificio Real Uno, Oficina 201, San Isidro - Lima

    INTACTO S.A. - Corredores de Seguros (RUC: 20110837225)

    Dirección: Av. Víctor Andres Belaunde 147, Via Principal 123, Edificio Real Uno, Oficina 201, San Isidro - Lima

    2.- Datos del consumidor reclamante

    3.- Identificación del bien contratado

    Tipo

    4.- Detalle de la reclamación y pedido del consumidor

    Tipo de reclamo

    *Reclamo:

    Disconformidad relacionada a los productos o servicios

    **Queja:

    Disconformidad no relacionada a los productos o servicios; o, malestar o descontento respecto a la atención al público.

    (*)Importante:

    En caso que el consumidor no consigne como minimo su nombre, DNI, domicilio o correo electronico, fecha del reclamo o queja y el detalle de los mismos, éstos se considerarán como no presentados (art 5 D.S. 006-2014-PCM)
    El proveedor deberá dar respuesta al reclamo o queja en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, el cual es improrrogable. La formulación del reclamo no impide acudir a otras vías de solución de controversias ni es requisito previo para interponer una denuncia ante el INDECOPI.